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A partir de las continuas dificultades que han debido experimentar
algunos Cuerpos de Bomberos con el objeto de gestionar y obtener los
beneficios contemplados en la “ley de Accidentados” (D.L.1759 de 1977), norma
que protege a nuestros bomberos frente a los riesgos de accidentes,
enfermedades o fallecimiento ocurridos en actos de servicio o al concurrir a
ellos, por lo que el Consejo Ejecutivo dispuso que el Departamento Jurídico y
la Unidad Social de Bomberos de Chile prepararan material de apoyo que
permita enfrentar debidamente los temas asociados a la aplicación de la referida
ley.
Por lo anteriormente expuesto, Bomberos de Chile ha elaborado un
“Manual de Consulta”, “Listado de Chequeo” y “Anexos”, con modelos de cartas,
documentos que se están remitiendo a los cuerpos de bomberos vía correo con el
objeto de facilitar la correcta aplicación de la ley de
accidentados.
Este material de apoyo indicado está compuesto
de:
-
“Manual de Consulta” , el cual resume los contenidos de la Ley y
de la Norma General 180 de la SVS.
-
“Listado de Chequeo” que permite seguir el procedimiento de manera
correcta frente a cada tipo de siniestro.
-
“Anexos”, que contienen modelos de certificados y cartas
necesarias para informar a los diferentes agentes que participan en el proceso
destinado a hacer efectiva aplicación de esta ley.
Dicho material debiera estar disponible en lugares de fácil
acceso, para que bomberos puedan utilizarlos oportunamente en caso de
producirse un accidente, motivo por el cual se sugiere, que tanto el “Manual de
Consulta”, como la “Lista de Chequeo”, se mantengan en los carros bomba y demás
vehículos institucionales, para permitir contar con la información adecuada de
manera oportuna.
Bomberos de Chile advierte su preocupación por la aplicación
incorrecta de las normas a algunas situaciones que exceden los marcos de la
ley, o la ocurrencia de accidentes reiterados que dan cuenta de mínimas medidas
de seguridad en la ejecución de operaciones bomberiles.
Esta situación nos preocupa, por cuanto con ello se esta generando
una progresiva desconfianza hacia bomberos, tanto de parte del organismo
público encargado de tramitar y controlar el otorgamiento de los beneficios
legales, como así también de los propios aseguradores a quienes corresponde
proveer los recursos para financiar los beneficios contemplados en la
Ley.
De igual manera, preocupa a esta Junta Nacional, la situación de
deudas generadas al amparo de la ley referida, situación que se está provocando
atrasos o falta de pago a los prestadores de servicios médicos por parte de
algunos Cuerpos, por lo que se encarece someterse estrictamente a los
procedimientos establecidos en la ley, debidamente reseñados en el Manual de
Consulta, sin perjuicio de recurrir a nuestro Asistente Social José Luis
Arriagada Herrera, miembro de la Unidad de Apoyo Social de Bomberos de Chile, a
quien podrán plantear su problema llamándolo al 2/6406315 o escribiendo al
correo jlarriagada@bomberos.cl.
Cabe consignar que al 30 de abril del presente año, las compañías
de seguros generales han debido contribuir al pago de las prestaciones que
dispone la ley en favor de bomberos con la suma de
$670.276.781.-
Descargue aquí:
Manual de
Consulta Listado de
Chequeo Anexos
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